Por Hna. Noelia Ramirez, osr

¿Cuándo somos víctimas de violencia?
Sabemos que no siempre en fácil darnos cuenta que estamos siendo víctimas de violencia. Aunque en la Argentina tengamos leyes que nos amparan, no siempre se cumplen. Un paso importante para que la ley se cumpla es que nosotras conozcamos nuestros derechos, así podemos exigir que se cumplan. 
Desde el año 2010 rige en la Argentina la Ley Nacional 26.485 que define qué es lo que el Estado considera violencia hacia la mujer. Vamos a leer detalladamente lo que dice:
“Se entiende por violencia contra las mujeres toda conducta, acción u omisión, que, de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal. Quedan comprendidas las perpetradas desde el Estado o por sus agentes. Se considera violencia indirecta, a los efectos de la presente ley, toda conducta, acción, omisión, disposición, criterio o práctica discriminatoria que ponga a la mujer en desventaja con respecto al varón.” (Ley 26.485, Art.5)

Como vemos, la definición es bastante amplia y abarca distintos tipos de violencia. Concretamente, se identifican cinco tipos de violencias a las que se ven sometidas las mujeres. Esta tipificación se halla definida en el artículo 5º de la ley vigente. 
Vamos a dedicar nuestra atención en ver a que se refiere cada tipo de violencia, y de paso, identificamos las veces que fuimos o somos víctimas de violencia:
1. Violencia Física: Es la que generalmente reconocemos como violencia: “me pega”. Pero es además todo daño sobre tu cuerpo: un empujón, pellizcos, “juegos de manos”, chupones, mordidas, quemaduras. Todo aquello que te cause un dolor en el cuerpo.
2. Violencia Psicológica: es la que causa daño emocional. Cuando te insulta, te desvaloriza, te dice cosas que te hacen sentir mal. Es también cuando te controla, no te deja elegir o decidir sola. Además es una violencia que te aísla, no quiere que te juntes con nadie, no quiere que salgas, ni que te visiten. Son los celos excesivos, y el hacerte sentir culpable siempre. Todo esto disminuye tu autoestima.
3. Violencia Sexual: es cuando no podés decidir voluntariamente sobre tu vida sexual. Esto incluye cuando tu pareja o marido te obliga a tener relaciones si vos no querés. También hace referencia a cuando no deja que te cuides para no quedar embarazada, no usa preservativos o no te deja tomar anticonceptivos. Implica también las violaciones, los abusos, la prostitución forzada, la explotación y el acoso. 
4. Violencia Económica y patrimonial: Es cuando no te dejan disponer de tus bienes. Por ejemplo, que no puedas prestar a alguien algo que es tuyo, que te esconda los documentos o papeles importantes, que controle el dinero, que te saque lo que ganas o que no te dé lo suficiente para vivir dignamente. También incluye el derecho a igual salario por igual tarea en un mismo lugar de trabajo.
5. Violencia Simbólica: Se trata de una violencia que no siempre nos damos cuenta y que la mayoría de las mujeres la sufrimos por el solo hecho de formar parte de esta sociedad. Por ejemplo, se ve en las publicidades donde la mujer siempre está asociada a los productos de limpieza, o cuando para vender un auto hay una mujer con poca ropa ubicándola como un objeto de deseo. También se percibe en los medios de comunicación cuando se muestra a las mujeres como “tontas” o siempre dependiendo de un varón. Todo esto favorece a naturalizar, a que nos parezca que es lo “normal” la subordinación de las mujeres.
Estos son los 5 tipos de violencia a las mujeres que contempla la ley en Argentina. Además, la ley detalla las modalidades en las que puede presentarse la violencia:
Violencia doméstica: es la ejercida por un integrante del grupo familiar. No importa que suceda fuera de la casa, o en la calle. Incluye a parejas y novios, aunque ya se haya terminado la relación.
Violencia institucional: es aquella que ejercida por las y los funcionarios públicos. Por ejemplo, que te traten mal cuando vas a la comisaría a hacer la denuncia.
Violencia laboral: es aquella que se da en el ámbito del trabajo. 
Violencia contra la libertad reproductiva: todo aquello que interfiere en tu decisión en el número de embarazos o el intervalo entre los nacimientos de tus hijos.
Violencia obstétrica: es aquella que ejerce el personal de la salud. Se expresa en un trato deshumanizado, un abuso de medicalización o alterar los procesos naturales.
Violencia mediática: Es la que ejercen los medios masivos de comunicación con mensajes que atentan contra la dignidad de las mujeres. Incluye la utilización de imágenes para la pornografía, como así también todo tipo de mensaje que reproduzca o incite a cualquier forma de violencia hacia la mujer. 
Es importante que conozcamos nuestros derechos para por exigirlos. Hay un número al cual podés llamar en todo el país para denunciar o para pedir información todos los días, las 24 hs:
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