Por Silvana de los Ángeles Ramirez

En nuestro país es el Día Nacional de Lucha contra la Discriminación por Orientación Sexual e Identidad de Género, fue impulsado por organizaciones sociales para celebrar el 17 de mayo de 1990, día en que la Asamblea General de la Organización Mundial de la Salud reconoció que la “orientación sexual (heterosexual, bisexual y homosexual) por sí misma no debe ser vista como trastorno”.

Al hablar de orientaciones sexuales aludimos a la atracción emocional, afectiva y/o sexual hacia personas del mismo o de diferente género o de más de un género. Éstas pueden cambiar o mantenerse igual a lo largo del tiempo.

Al hablar de identidad de género nos referimos a la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo.

Esto puede involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que ello sea libremente escogido. También incluye otras expresiones de género, como la vestimenta, el modo de hablar y los modales.

La discriminación por orientación sexual e identidad de género se expresa en diferentes formas activas de violencia física y verbal, y en el rechazo silencioso e institucionalizado hacia la población LGBTIQ o hacia personas percibidas como tales. La forma más extrema de la discriminación la constituyen los crímenes de odio. 

La Ley de Identidad de Género 26.743/2012 establece el trato digno hacia las personas que conforman el colectivo LGTBIQ, por tanto, es obligación:

  • Denominar a todas las personas por el nombre de pila adoptado (cuando este difiere del nombre del documento). 
  • En los casos que es necesario registrar los datos del documento utilizar “un sistema que combine las iniciales del nombre, el apellido completo, y se agregará el nombre de pila elegido por razones de identidad de género a solicitud del interesado/a”.
  • Para lograr formularios inclusivos reemplazar la palabra sexo por la palabra género y consignar allí el género y en lugar de consignar “nombre de la madre” o “nombre del padre” consignar “Hijo/a de” y “de” o “Integrantes de la Familia”.


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